Actualizado: junio 2026 · ONP: mínimo 20 años aportes · AFP: capitalización individual · Pensión mínima $500 soles (ONP)
Perú tiene dos sistemas de pensiones principales que coexisten: el Sistema Nacional de Pensiones (SNP / ONP), administrado por el Estado, y el Sistema Privado de Pensiones (SPP / AFP), que funciona por capitalización individual. Los trabajadores que ingresaron al mercado laboral después de 1993 deben afiliarse a una AFP salvo casos especiales. Los que ya estaban en el SNP pueden permanecer o trasladarse.
En el sistema ONP, la pensión se calcula como el 50% de la Remuneración de Referencia (promedio de los últimos 12, 36 o 60 meses, el que resulte mayor) para quienes tienen 20 años de aporte. Por cada año adicional de aporte, la pensión aumenta 4%, llegando hasta el máximo del 100% con 35 años de aporte. La pensión mínima ONP en 2026 es de S/ 500 soles mensuales.
En el sistema AFP, el trabajador aporta el 8% de su remuneración a su cuenta individual (más una comisión del 0.5-1.5% para la AFP). El saldo acumulado más los rendimientos del fondo determinan la pensión. Al jubilarse (65 años en ambos sistemas), puede elegir entre jubilación ordinaria (si tiene saldo suficiente), pensión de vejez o jubilación anticipada.
La Pensión Mínima del SPP aplica cuando el saldo en la AFP genera una pensión inferior a S/ 500 (igual que la ONP). El Estado complementa la diferencia. Para acceder a la pensión mínima AFP, se requieren al menos 20 años de aportación al sistema privado.
Una reforma importante en Perú: la Ley que permite retirar el 95.5% del saldo AFP al cumplir 65 años (en lugar de contratar una renta vitalicia) sigue vigente en 2026, aunque con restricciones. Esta opción puede convenir a quienes tienen alto saldo acumulado y fuentes alternativas de ingreso en el retiro.
📊 Ejemplo práctico
Trabajadora de 50 años en sistema AFP con 20 años de aporte, saldo AFP S/ 80,000, remuneración S/ 3,500/mes, retiro a 65 años:
⚠️ Estimación orientativa. Los cálculos de AFP dependen de los rendimientos futuros de los fondos. Consulta tu saldo real en tu AFP o en la SBS (www.sbs.gob.pe).
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre ONP y AFP en Perú?
ONP (Sistema Nacional): el Estado administra los aportes, garantiza pensión mínima de S/500 y requiere 20 años de aporte. La pensión es 50% del salario de referencia y sube 4% por año adicional hasta 35 años. AFP (Sistema Privado): cada trabajador tiene su cuenta individual. La pensión depende del saldo acumulado y los rendimientos. Más flexible pero sin garantía de monto fijo.
¿Cuántos años necesito aportar para pensionarme en la ONP?
En la ONP se requieren mínimo 20 años de aporte al Sistema Nacional de Pensiones para tener derecho a pensión de jubilación. La edad mínima es 65 años. Si no cumples los 20 años, puedes optar por la devolución de los aportes (sin los rendimientos, ya que el SNP es de reparto).
¿Puedo retirar el 95.5% de mi AFP al jubilarme?
Sí, en Perú existe la opción de retirar hasta el 95.5% del saldo de tu AFP al cumplir 65 años (Ley 30425). Esta es una opción, no una obligación. Si retiras el saldo, no recibes pensión mensual. Conviene a quienes tienen otras fuentes de ingreso en el retiro o quieren manejar su propio capital.
¿Qué es la Pensión Mínima en el sistema privado AFP de Perú?
Si al jubilarte tu saldo en la AFP genera una pensión inferior a S/ 500 mensuales (equivalente a la pensión mínima ONP), el Estado complementa la diferencia. Para acceder a este beneficio necesitas al menos 20 años de aportación al sistema privado y cumplir 65 años.
¿Conviene pasarse de ONP a AFP o viceversa?
Depende del tiempo que llevas en cada sistema, tu edad y tu remuneración. Los trabajadores jóvenes con buen salario generalmente se benefician más de la AFP por los rendimientos del capital. Los trabajadores mayores con muchos años en ONP generalmente conviene que permanezcan, ya que el cálculo basado en años de aporte puede resultar más favorable.
¿Puedo aportar de forma voluntaria para mejorar mi pensión?
Sí. Las AFP en Perú permiten aportes voluntarios con fin previsional y sin fin previsional. Los primeros cuentan para la pensión mínima. Los segundos pueden retirarse antes del retiro. Los aportes voluntarios generan los mismos rendimientos que el saldo obligatorio, siendo una excelente forma de complementar la pensión futura.